Los contratos de financiación de litigios por terceros (third-party funding) en España
Third-party litigation funding contracts in Spain

Diego Agulló Agulló

Resumen


Los contratos de financiación de litigios por terceros o third-party funding («TPF») permiten que un tercer financiador invierta en un pleito indemnizatorio del que no es parte, a través del pago de las costas del proceso del demandante o del demandado. Si el pleito resulta satisfactorio para el financiado, el tercer financiador recibirá una parte de la cuantía indemnizatoria obtenida. Si el financiado pierde el pleito, el financiador no recuperará la cantidad invertida. Para el financiador, se trata de un producto de inversión más que puede incluir en su cartera y que, por lo general, ofrece una alta rentabilidad. Por el lado del financiado, que un tercero asuma las costas del proceso, a veces muy elevadas, significa un mejor acceso a la justicia, sobre todo cuando cuenta con flujos de caja ajustados o, directamente, no dispone de recursos para litigar. Si bien el TPF se originó en los sistemas del Common Law, ha irrumpido con fuerza en jurisdicciones como la española en los últimos tiempos. El objeto de este trabajo es abordar este fenómeno desde una perspectiva jurídica, centrándonos particularmente en el tratamiento legal que el ordenamiento español puede ofrecer al TPF, diferenciándolo de otras figuras afines como la cuota litis o la cesión de créditos y abordando los problemas de índole transfronterizo que pueden acontecer. Nos referimos también a la necesitad de gestionar adecuadamente los conflictos de intereses y a la noción de garantía de pago de las costas procesales. 


Palabras clave


financiación por terceros, contratos de financiación, litigación, arbitraje, conflictos de interés, producto financiero, acceso a la justicia

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