Los intereses en el crédito al consumo tienen límite máximo
Interests in consumer credit have a maximum limit

Carlos Ballugera Gómez

Resumen


Pese a todo tipo de cautelas y a pesar de ellas, la DGRN impone, sin cobertura legal expresa, un límite objetivo a la cuantía de los intereses remuneratorios: son abusivos los que sean superiores a los moratorios. También fija su doctrina sobre la inscripción parcial, admitiéndola sin consentimiento del predisponente para unos casos, pero exigiendo el consentimiento del mismo en otros. Mientras creemos que se debe avanzar en la recepción del moderno Derecho sobre condiciones generales en la regulación del procedimiento registral, me gusta la primera decisión de esta resolución, que creemos marcará un hito en la formulación legal de un límite a la cuantía de los intereses ordinarios en el crédito al consumo.


Palabras clave


Deercho de obligaciones

Texto completo:

PDF

Referencias


BALLUGERA GÓMEZ, C., “El-contrato-no-contrato”, Madrid, SER, 2006, pp. 256 y 414.

BALLUGERA GÓMEZ, C., “Las pólizas bancarias”, Aranzadi Thomson Reuters, Cizur Menor, 2011, 371 pp.

BALLUGERA GÓMEZ, C., “Moderación de los intereses moratorios”, en www.notariosyregistradores.com, (publicado el 26 febrero 2014); en http://www.notariosyregistradores.com/CONSUMO/ARTICULOS/2013-ley-deudores-hipotecarios.htm#14-demora.

BALLUGERA GÓMEZ, C., “Tope máximo de intereses de demora”, en RDC, núm. 1, (2014), pgs. 103-120, en http://nreg.es/ojs/index.php/RDC/article/view/51/31.

BALLUGERA GÓMEZ, C., “Condiciones Generales de la Contratación y Registro de la Propiedad”, en Revista Aranzadi de Derecho y Nuevas Tecnologías, núm. 7, (2005), pp. 41 a 52.

CLAVERÍA GOSÁLBEZ, L. H., “La progresiva degradación de nuestro ordenamiento en materia de cláusulas contractuales abusivas”, en Revista Aranzadi Doctrinal, núm. 2, (2014), 10 pgs. en edición de internet (BIB 20141102), p. 7.

DEFENSORA DEL PUEBLO, “Informe anual 2015 y debates en las Cortes Generales”, Defensor del Pueblo, Madrid, 2016, p. 491.

GÓMEZ GÁLLIGO, F. J., “La doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre calificación de las cláusulas abusivas en los préstamos hipotecarios”, en RCDI, núm. 741, (2014), pp. 153-175.

MIQUEL, J. M., “Artículo 8. Nulidad”, en Comentarios a la Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación, A. Menéndez Menéndez y L. Díez-Picazo y Ponce de León (Directores), Civitas, Madrid, 2002, pp. 428 a 482.

PERTÍÑEZ VÍLCHEZ, F., “Falta de transparencia y carácter abusivo de la cláusula sue-lo en los contratos de préstamo hipotecario”, en Indret, núm. 3, (2013), pp. 1 a 28 en la edición de internet.

PERTÍÑEZ VÍLCHEZ, F., “Las Cláusulas Abusivas por un Defecto de Transparencia”, Thomson-Aranzadi, Cizur Menor, 2004, 262 pp.

SOLER SOLÉ, G., “Intereses de demora, TS, TJUE y principio de primacía”, en Diario La Ley, Nº 8805, Sección Tribuna, 18 de Junio de 2016, Ref. D-286, Editorial LA LEY, 9 pgs. en la edición de internet.

ZURITA MARTÍN, I., “La regulación de la indemnización de daños y perjuicios e in-tereses en la propuesta de reglamento sobre una normativa común de compra-venta europea (CESL)”, en RCDI, núm. 745, (2014), pp. 2347-2391.


Enlaces refback

  • No hay ningún enlace refback.


Soporte técnico: pedro.munar@uib.es

Contacte con la revista: aiglesia@ual.es